Reunión con Mons. Lozano

El día lunes 4 de julio nuestra presidente, la Dra. Diana Cohen Agrest, junto con la Lic. Marcela Dal Verme, miembro de nuestra Asociación, mantuvieron una reunión en la Nunciatura con Monseñor Lozano para pedir que la Iglesia, que ya se ha pronunciado en favor del trato digno a los delincuentes, se pronuncie también a favor de la visibilización de las víctimas como ejercicio de Justicia contra la Impunidad, para sanar el malestar social que genera el desamparo de las víctimas de violencia seguida de muerte.

En la reunión se le entregó al Mons. Lozano el siguiente documento:
 
Al Sr. Presidente de la
COMISIÓN EPISCOPAL DE PASTORAL SOCIAL
Mons. Jorge Eduardo Lozano
S/D
Habéis oído que se dijo a los antepasados: “No matarás” (Ex 20, 13); y aquel que mate será reo ante el tribunal. Pues yo os digo: “Todo aquel que se encolerice contra su hermano, será reo ante el tribunal” (Mt 5, 21-22)
USINA DE JUSTICIA es una Asociación Civil apartidaria que trabaja por los derechos de las víctimas del delito y contra la impunidad. Promovemos los derechos humanos para recuperar una justicia justa que proteja a las víctimas, luchando contra la impunidad que destruye el imperio de la ley y denunciando el paradigma abolicionista que asocia el crimen con un conflicto que naturaliza la muerte violenta como una contingencia inevitable. Porque creemos que la vida vale, propendemos a la visibilización de la víctima y porque también creemos que la condición de necesidad –pobreza- no es el factor determinante del delito, ya que dicha creencia implicaría reducir la diversidad humana que nos rodea de pobres honestos y ricos delincuentes de manera injusta para quien vive conforme a la ley a pesar de su condición social.
Venimos ante la Comisión Episcopal de Pastoral Social a ofrecer nuestra colaboración y solicitar acompañamiento a nuestra propuesta y desafío, encarados como don y tarea, en el marco de la cultura del encuentro hacia un bicentenario en justicia y solidaridad.
Hemos leído con atención el documento recientemente publicado bajo el título “Estuve preso y me viniste a visitar” sin poder evitar hacer memoria sobre el intento de homicidio del reo que atacó a Juan Pablo II. El Santo Padre lo visita en la cárcel y le ofrece misericordia, pero no pide su liberación. Es esta una clara alusión a que la justicia divina representada en ese gesto por el Santo Padre,  no invalida el cuidado social de quienes, como fieles devotos, viven conforme a la ley  mientras que otros pueden ser transgresores de ella, poniendo en peligro a quien no lo merece. Pensar en don y tarea nos obliga a diferenciar dos universos diferentes y complementarios. El don es necesario mirarlo desde nuestras creencias compartidas y la tarea es lo imprescindible para proponer como cambio de paradigma de la Justicia, donde no sean incompatibles la reinserción y el merecido castigo por el delito cometido. La preocupación sobre la realidad carcelaria es legítima si está basada en el anhelo de construir una Argentina en “paz y justicia”. Destaca como solución oportuna la concreción y profundización de más políticas de inclusión que, buscando el bien común, ofrezcan igualdad de oportunidades a todos los miembros de la sociedad;  idea con la que coincidimos siempre y cuando esto no incluya la abolición de la pena o la reduzca a su mínima sanción ya que esto no es “inclusión”  sino sólo impunidad y no sería justa ya que, de aceptar estos lineamientos, por favorecer a algunos (delincuentes) excluimos a otros (seres de bien) lo que seguramente no ha sido la intención del documento episcopal. Y tras lo cual queremos traer nuestra posición.
El documento señala como causa, el avance de un proyecto de vida sin otro horizonte que “tener” y “consumir”, que genera día a día más tensiones, angustias, y desigualdades. Enfatiza a su vez esta realidad delictiva que nos va dividiendo en “víctimas” y “victimarios” y alimenta la sed de venganza y de más violencia aunque  creemos que la “condición de necesidad” (material) no es factor determinante del delito. Es necesario comprender  la conducta humana y sus posibles alteraciones sin generalizar por clases sociales o sistemas de capital, que es sólo una variable más a tener en cuenta en el momento de juzgar y sentenciar, aunque no única. El abolicionismo deja desprotegidos a los ciudadanos y abandona a la reincidencia a los delincuentes inadecuadamente liberados por falta de comprensión de su perfil psicológico.
Desde USINA DE JUSTICIA, si bien coincidimos con estos lineamientos conceptuales generales, no es menos cierto que por fidelidad a nuestra identidad debemos dar testimonio en nombre de las víctimas de delitos. Creemos necesario darle voz y presencia a todo aquello que el documento deja de mencionar. Porque si hay victimarios, necesariamente antes debió haber al menos una víctima. Y ambos extremos de la violencia no pueden ser asimilados en simetría ética, porque en principio en una orilla estará la culpa y en la otra la inocencia. No hay paridad posible entre ambas situaciones, es el victimario con su violencia quien causa a la víctima. Si la paz es fruto de la justicia y la justicia no es darle a todos los mismo sino darle a cada uno lo suyo, entonces elevamos nuestra voz más desde el dolor reflexivo que desde la queja vacía de contenido.
Para tutelar el bien común, USINA DE JUSTICIA hace suyo que la autoridad pública legítima tiene el derecho y el deber de imponer penas proporcionadas a la gravedad de los delitos. En el Estado de Derecho, el poder de infligir penas queda justamente confiado a la justicia: el Estado tiene la doble tarea de reprimir los comportamientos lesivos de los derechos del hombre y de las reglas fundamentales de la convivencia civil y remediar, mediante el sistema de las penas, el desorden causado por la acción delictiva. La pena no sirve únicamente para defender el orden público y garantizar la seguridad de las personas; ésta debería convertirse, además, en instrumento de corrección del culpable, una corrección que asume también incluso el valor formador retributivo de expiación cuando el culpable asimila su pena. La finalidad a la que tiende es doble: por una parte, favorecer la reinserción de las personas condenadas; por otra parte, promover una justicia capaz de restaurar las relaciones de convivencia armoniosa rotas por el acto criminal. La pena, además de la defensa del orden público y la tutela de la seguridad de las personas, tiene una finalidad medicinal: en la medida de lo posible, debe contribuir a la enmienda del culpable conforme su mérito.
El término “mérito” designa en general la retribución debida a la acción de uno de sus miembros, digna de sanción. Fundado en que la moralidad de los actos humanos depende del objeto elegido; del fin que se busca o intención y de las circunstancias de la acción. El objeto, la intención y las circunstancias forman las “fuentes” o elementos constitutivos de los actos humanos respetupsos de la vida agena que se valoran jurídicamente por la sociedad y a la postre serán juzgados.
Las circunstancias, sólo son los elementos secundarios del acto bajo juicio. Contribuyen a agravar o a disminuir la bondad o la malicia ética de los actos humanos. Pueden también atenuar o aumentar la responsabilidad del que obra. Las circunstancias no pueden de suyo modificar la calidad ética de los actos; no pueden hacer ni buena ni justa una acción que de suyo es mala. Los victimarios no pueden ni deben entonces ser considerados víctimas de la sociedad y por ello ser exculpados.
Desde USINA DE JUSTICIA, creemos que la exculpación por motivos sociales genera venganza por resentimiento y hasta justicia por mano propia, lo que nos sume en la Ley de la Selva, donde gana el más fuerte. O en la ley del Talión, que algunas culturas y religiones pretendimos abolir a cambio de un sistema de castigos justos de los delitos cometidos.
Todos estos conceptos que USINA DE JUSTICIA menciona, pertenecen a la Doctrina Social de la Iglesia sirviéndonos como referencia sobre la amplitud de incluir ineludiblemente la retribución y el igualitarismo procesal penal, pues el Estado le brinda al victimario, todos los derechos (defensor oficial, techo, comida, atención médica, escolaridad, asistencia y hasta sueldo). Mientras que a la víctima ese mismo Estado la abandona sola con su dolor y los proyectos de vida arrancados por el injusto obrar del victimario. Y sin recibir la visita de nadie.
Le saludamos muy atentamente;

USINA DE JUSTICIA

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